viernes, 13 de diciembre de 2013

Evaluación de impacto ambiental en Andalucía


Los proyectos cuya autorización o aprobación corresponde a la Administración General del Estado (Refinerías, Grandes Centrales de Producción Eléctrica, Fabricación de Explosivos, aquellos que afecten a la seguridad nacional, infraestructuras de competencia Estatal, etc.) estarán sometidos a Evaluación de Impacto Ambiental en caso que así esté recogido en el RDL 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, y será Órgano ambiental el Ministerio competente en Medio Ambiente.
En la tramitación ambiental de dichos proyectos, cuando se encuentren en el ámbito territorial de Andalucía, el Estado debe consultar preceptivamente a la Consejería competente en materia de Medio Ambiente, que participará en la tramitación según lo dispuesto en los artículos 4, 8, 9 y 17.2 del citado RDL.

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